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Modifican vinculación a proceso en delito de feminicidio dentro de la causa penal 267/2016 de la Región Morelia

14 de julio de 2016
  • Resultaron fundados los agravios presentados por la defensa

Con respecto a la apelación de la vinculación a proceso que interpuso la defensa del imputado I.C.R. en el delito de feminicidio en agravio de dos mujeres, dentro de la causa penal 267/2016 de la Región Morelia y registrada bajo el Toca XI-14/2016, el magistrado de la Séptima Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán resolvió lo siguiente:

Es competente para conocer y resolver del recurso de apelación presentado.

Resultaron fundados los agravios presentados por escrito por la defensa al interponer el recurso de apelación.

No existen indicios razonables que hagan suponer la probabilidad de que el imputado I.C.R. cometió el delito.

No se acreditaron las circunstancias de tiempo, lugar y modo de ejecución del delito.

Por lo anterior, se modifica el resolutivo de vinculación a proceso del pasado 11 de junio, y se determina la no vinculación a proceso del imputado I.C.R.

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